La propuesta fue aprobada con 19 votos a favor y siete en contra en comisiones. Plantea sanciones de hasta 40 mil UMA en determinados casos y establece condiciones para que las empresas no sean responsables por infracciones cometidas por sus usuarios.
La regulación de los contenidos que circulan por internet podría tener nuevos alcances en México. Las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos Primera del Senado aprobaron una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que establece nuevos supuestos de responsabilidad para los proveedores de servicios digitales cuando faciliten o permitan infracciones a los derechos de autor.
El dictamen, avalado por 19 votos a favor y siete en contra, fue enviado a la Mesa Directiva para continuar su trámite legislativo. La propuesta busca actualizar las disposiciones legales ante los desafíos que plantea la distribución de obras y contenidos protegidos en plataformas y redes digitales.
De acuerdo con los legisladores que respaldaron la iniciativa, el objetivo es fortalecer la protección del trabajo creativo y establecer reglas para los intermediarios digitales, sin imponer una vigilancia generalizada de las actividades de los usuarios.
¿Cuándo podrían ser responsables las empresas de internet?
La reforma contempla que los proveedores de servicios de internet puedan enfrentar responsabilidad por infracciones cometidas por sus usuarios cuando incumplan obligaciones establecidas en la ley, contribuyan o induzcan conductas que vulneren derechos de autor, tengan conocimiento de esas infracciones o reciban un beneficio económico directo derivado de ellas.
El proyecto también prevé sanciones económicas que serían aplicadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), de acuerdo con la gravedad de la conducta. En determinados supuestos, las multas podrían alcanzar hasta 40 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La propuesta incorpora, además, disposiciones para proteger a los proveedores de servicios digitales. Entre ellas, establece que podrían quedar exentos de responsabilidad por daños y perjuicios cuando cuenten con políticas públicas y transparentes para suspender el servicio a usuarios reincidentes en violaciones a los derechos de autor.
Estas políticas deberán estar disponibles de manera permanente en los sitios web de las empresas e incorporarse a los términos y condiciones del servicio. También tendrán que contemplar mecanismos básicos de notificación para informar a los usuarios sobre los procedimientos correspondientes.
Legisladores defienden la neutralidad tecnológica
El presidente de la Comisión de Economía, Emmanuel Reyes Carmona, señaló que la reforma busca incorporar estándares internacionales sobre responsabilidad secundaria de los intermediarios digitales, al tiempo que preserva la neutralidad tecnológica y evita establecer obligaciones de monitoreo preventivo sobre las redes.
Por su parte, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, consideró que, aunque se trata de una modificación técnica, sus alcances pueden reflejarse en actividades cotidianas relacionadas con la comunicación, la educación, el comercio digital y la protección del trabajo creativo.
La reforma todavía debe pasar por el Pleno
Aunque el dictamen ya recibió el respaldo de las comisiones unidas, la propuesta aún no se convierte en ley. El siguiente paso será su discusión y votación en el Pleno del Senado, donde deberá continuar el procedimiento legislativo correspondiente.
La iniciativa abre una nueva etapa en el debate sobre los derechos de autor en internet y las obligaciones de las empresas que facilitan el acceso y la circulación de contenidos digitales. Su aplicación dependerá del texto que finalmente apruebe el Congreso y de las reglas que se establezcan para garantizar tanto la protección de los creadores como los derechos de los usuarios.

