La decisión fue aprobada con 53 votos a favor, 13 en contra y cuatro abstenciones; la organización internacional cuestionó que el modelo de elección judicial se aparte de los criterios de mérito y objetividad.
El Consejo Central de la Unión Internacional de Magistrados (UIM) resolvió expulsar a la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos (CONATRIB), luego de que la asociación mexicana respaldara la elección de jueces y magistrados mediante el voto popular.
La exclusión fue aprobada la semana pasada mediante una votación secreta en la que participaron 70 delegaciones. Un total de 53 votaron a favor de la expulsión, 13 se pronunciaron en contra y cuatro se abstuvieron.
Con estos resultados, la moción reunió cerca del 80% de los votos emitidos, por encima de los dos tercios establecidos en los estatutos de la UIM para aprobar una medida de esta naturaleza.
El origen de la decisión se encuentra en la postura asumida por la CONATRIB frente a la reforma judicial impulsada por el Ejecutivo mexicano y aprobada en septiembre de 2024. El 28 de junio de ese año, la organización emitió un pronunciamiento oficial en el que expresó su respaldo a la elección popular de personas juzgadoras.
Debate sobre la independencia judicial
De acuerdo con los argumentos atribuidos al Comité de la UIM, el mecanismo de elección por voto popular contradice los principios de designación basados en el mérito y en criterios objetivos. También advirtió sobre sus posibles implicaciones para la inamovilidad judicial, considerada una garantía vinculada con la independencia de quienes imparten justicia.
La decisión coloca nuevamente en el centro del debate internacional el modelo de selección de jueces y magistrados adoptado en México, así como las diferencias de criterio sobre los mecanismos que deben garantizar la independencia, la profesionalización y la autonomía de los poderes judiciales.
La expulsión de la CONATRIB representa una medida institucional de la UIM frente a la posición asumida por la organización mexicana. Su alcance y las eventuales consecuencias para la relación entre ambas instancias dependerán de los efectos que tenga la resolución en sus vínculos y en la participación de la representación mexicana dentro de los espacios internacionales de la judicatura.

