La SRE recordó que los límites territoriales entre México y Estados Unidos están establecidos en tratados internacionales y que corresponde a la Comisión Internacional de Límites y Aguas determinar la soberanía de los islotes.
La intención del gobierno de Texas de apropiarse de nueve islotes ubicados en el cauce del río Bravo abrió un nuevo capítulo en la discusión sobre la seguridad fronteriza y la soberanía territorial entre México y Estados Unidos.
Ante el anuncio de las autoridades texanas de reclamar como propiedad estatal estos terrenos, que en conjunto abarcan 66 acres, con el argumento de destinarlos a acciones de seguridad fronteriza, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) respondió que ningún gobierno estatal tiene facultades para modificar los límites internacionales establecidos entre ambos países.
La dependencia mexicana recordó que la frontera no está sujeta a decisiones unilaterales de los gobiernos locales, sino a los tratados internacionales suscritos por México y Estados Unidos, particularmente el Tratado de Límites de 1970.
En un posicionamiento, la Cancillería explicó que este acuerdo establece que, en el tramo del río Bravo, el límite internacional corre por el centro del cauce normal. Esta disposición determina la soberanía de los territorios ubicados a ambos lados de la frontera, independientemente de quién haya tenido previamente la propiedad o soberanía sobre esas tierras.
La SRE también precisó que existe un organismo binacional encargado de resolver este tipo de situaciones: la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), instancia facultada por ambos gobiernos para aplicar los tratados y determinar de qué lado de la línea fronteriza se encuentra cada isla.
Por ello, subrayó que ninguna autoridad estatal estadounidense tiene atribuciones para decidir unilateralmente a qué país pertenecen los terrenos ubicados en el cauce del río.
Otro de los puntos señalados por la Cancillería se relaciona con las intervenciones físicas en el afluente. De acuerdo con el tratado, ninguno de los dos países puede construir obras que, a juicio de la CILA, tengan la capacidad de desviar u obstruir el escurrimiento normal del río Bravo.
La disposición busca preservar las condiciones naturales del cauce y evitar modificaciones que puedan alterar la ubicación de la frontera internacional o generar controversias territoriales.
Ante este escenario, el Gobierno de México informó que dará seguimiento a cualquier acción que se realice en la zona y reiteró su compromiso con el respeto a los acuerdos internacionales, así como con el diálogo bilateral mediante los mecanismos institucionales establecidos.
La controversia pone nuevamente sobre la mesa la importancia de los tratados que regulan la frontera entre México y Estados Unidos, donde incluso pequeñas extensiones de tierra pueden convertirse en asuntos de soberanía que requieren decisiones binacionales y no determinaciones unilaterales.

